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LA INCREÍBLE HISTORIA DE CINCO HOMBRES
PRESOS EN ESTADOS UNIDOS POR LUCHAR CONTRA EL TERRORISMO
¿Quiénes son los Cinco Héroes cubanos
encarcelados en Estados Unidos?
Cinco jóvenes profesionales que decidieron
dedicar sus vidas, lejos de su patria, a la lucha contra el
terrorismo en la ciudad de Miami, centro principal de las
agresiones contra Cuba.
Antonio
Guerrero (Miami,1958) Ingeniero en
Construcción de Aeródromos, poeta, dos hijos. Fernando González
(La Habana, 1963), casado, graduado del Instituto de Relaciones
Internacionales (ISRI), del Ministerio de Relaciones Exteriores de
Cuba. Gerardo Hernández (La Habana, 1965), casado, graduado del
ISRI, caricaturista. Ramón Labañino (La Habana, 1963), casado,
tres hijas, graduado de Licenciatura en Economía en la
Universidad de La Habana y René González (Chicago, 1956),
casado, dos hijas, piloto e instructor de vuelo.
¿Por qué estaban en Estados Unidos?
Partieron hacia ese país para obtener
información sobre los planes de las organizaciones terroristas
que tienen su base de operaciones, desde hace muchos años, en la
ciudad de Miami, entre ellas, la Fundación Nacional
Cubano-Americana (FNCA), El Consejo para la Libertad de Cuba (CLC),
Hermanos al Rescate, Movimiento Democracia, Alpha-66 y otras
muchas de conocida trayectoria delictiva.
Entre las actividades terroristas de esos
grupos se cuentan numerosos sabotajes y agresiones contra Cuba,
con un saldo de miles de muertos, heridos y grandes pérdidas económicas,
contrabando de armas, drogas y personas e, incluso, han fraguado
cientos de planes para tratar de asesinar al presidente cubano
Fidel Castro y realizado acciones terroristas en el propio
territorio estadounidense y en terceros países.
Violaciones del debido proceso:
Los cinco fueron sometidos a un juicio
manipulado en la propia ciudad de Miami, completamente hostil y
dominada por la mafia de origen cubano, donde era imposible
realizar un proceso justo e imparcial, a tenor con las propias
leyes de los Estados
Unidos y del Derecho Internacional. Los sectores anticubanos
desataron una falaz e intensa campaña propagandística para
presionar a la opinión pública de Miami y al jurado, lo que fue
reiteradamente denunciado por los abogados de la Defensa, quienes
presentaron varias mociones de solicitud de un cambio de sede que
fueron rechazadas.
Lo anterior viola la letra de la Quinta
Enmienda de la Constitución de Estados Unidos que expresa:
“...a nadie se le privará de la libertad sin el debido proceso
legal...” y también se viola
la Sexta Enmienda que señala: “...en toda causa
criminal, el acusado gozará de ser juzgado rápidamente y en público
por un jurado imparcial...”
Durante todo el proceso legal las autoridades
obstaculizaron el trabajo de la Defensa al demorar y
limitar el
acceso solo al 20 %
de la documentación sospechosamente clasificada como secreta y aún,
cinco años después, se les impide acceder a esos miles de
documentos para sustentar el proceso de apelación.
¿Cuáles fueron los cargos imputados?
Conspiración
para cometer asesinato en primer grado
Gerardo Hernández fue el único acusado de
este cargo por propiciar supuestamente el derribo, el 24 de
febrero de 1996, de dos avionetas de la organización terrorista
Hermanos al Rescate . Al final del proceso la Fiscalia comprendió
que no podía probar este cargo según las instrucciones dadas por
la jueza por lo cual solicitó a la Corte de Apelaciones de
Atlanta fuera desestimado. La apelación no prosperó y contrario
a toda lógica, el jurado lo declaro culpable.
Conspiración
para cometer espionaje
De este cargo fueron instruidos Gerardo Hernández,
Ramón Labañino y Antonio Guerrero. Ninguno de ellos realizó
actividades de espionaje contra Estados Unidos pues, según
establece la ley norteamericana, un espía es aquella persona que
roba u obtiene documentación clasificada como secreta,
debidamente resguardada con el propósito de entregarse a un
gobierno extranjero.
Durante el juicio no hubo evidencias de que ellos hubiesen
obtenido información del gobierno de los Estados Unidos o
información peligrosa para la seguridad de este país.
Varios expertos y autoridades, como los
generales Charles Whilhem y Edward Atkinson, el almirante Eugene
Carol y el coronel George Buckner testificaron que los acusados no
tenían acceso a información clasificada e incluso James Clapper,
ex director de la Agencia de Inteligencia del Pentágono, testigo
de la Fiscalía, reconoció que los acusados no habían realizado
espionaje contra Estados Unidos, sin embargo, sus testimonios no
fueron tomados en cuenta, lo que ratifica la arbitrariedad del
fraudulento proceso de marcado signo político.
Los cinco cubanos tenían exclusivamente la
misión de obtener información sobre los planes de los grupos
terroristas radicados en el sur de La Florida los que, mas allá
de los desatinos del proceso judicial, no forman parte del
gobierno de Estados Unidos.
Conspiración
para cometer delito contra Estados Unidos
De este cargo fueron acusados los cinco
cubanos cuando ellos exclusivamente buscaban información sobre
los planes que fraguaban las organizaciones terroristas radicadas
en Miami y, bajo ningún concepto, otras que pudieran afectar la
seguridad nacional de Estados Unidos, lo que fue probado por la
Defensa y ratificado por varios testigos durante el proceso.
Identidad
y documentación
falsa
Para poder penetrar y enfrentar los planes de
esas organizaciones, tres de los cinco luchadores antiterroristas
se vieron ante la necesidad de ocultar sus verdaderas identidades.
En Derecho existe la doctrina de Estado de
Necesidad la cual sostiene que para
evitar la comisión de un delito mayor- en este caso
asesinatos y actos de terrorismo- justifica se pueda
incurrir en delitos menores, como utilizar identidad y
documentación falsas para proteger sus actividades y sus vidas,
tomando en cuenta que los cinco jóvenes actuarían en medio de
grupos de asesinos y terroristas de largo historial.
Agentes
no registrados de un gobierno extranjero
Tomando en consideración los objetivos de su
trabajo, los peligros que este entrañaba y la sistemática política
de hostilidad del gobierno de los Estados Unidos contra Cuba no
era posible que los cinco se registrasen como agentes del gobierno
cubano.
Es un hecho ampliamente conocido que esos
grupos terroristas y sus cabecillas actúan impunemente en Miami y
gozan de la protección de sus autoridades. El propio jefe del Buró
del FBI en Miami, Héctor Pesquera,
declaró que los dirigentes de la Fundación Nacional
Cubano- Americana y del Consejo por la Libertad de Cuba eran
personas respetables y de absoluta confianza, reiterando que jamás
investigarían oficialmente las actividades de aquellos que
auspician y financian las acciones terroristas contra Cuba.
Si ambas organizaciones son las principales
responsables de la mayoría de los actos terroristas cometidos
contra Cuba en los últimos 15 años, ¿ Que les hubiera pasado a
los Cinco si se hubieran registrado ante las autoridades de Miami
como personas que trabajan para el gobierno de Cuba.?
Por eso es que se vieron forzados a no registrarse como
agentes de un gobierno extranjero.
Injustas
y desmesuradas sentencias
Después de un proceso ilegítimo la jueza,
que no aceptó ninguna de las atenuantes de la Defensa y aplicó
todas las agravantes de la Fiscalía, dictó sentencias
desmesuradas e injustas, aplicando las máximas condenas en cada
caso, aun cuando los cargos principales no pudieron ser probados,
vulnerando, entre otros, el Articulo 14 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas que refrenda
“... toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y
con las debidas garantías por un tribunal competente,
independiente e imparcial...”
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Gerardo Hernández, sentenciado a dos
cadenas perpetuas por conspiración para cometer asesinato en
primer grado y conspiración para cometer espionaje,
respectivamente.
Además, 15 años por los cargos de
conspiración para cometer delito contra Estados Unidos,
documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración
al Fiscal de Estados Unidos.
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| Ramón Labañino, condenado a cadena
perpetua por el cargo de conspiración para cometer espionaje, más
18 años por los cargos de conspiración para cometer delito
contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero
sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos. |

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| Antonio Guerrero, sentenciado a cadena
perpetua por conspiración para cometer espionaje, más 10 años
por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados
Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de
Estados Unidos. |

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| Fernando González, 19 años de prisión
por conspiración por cometer delito contra Estados Unidos,
documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración
al Fiscal de Estados Unidos. |

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| René González, 15 años de privación
de libertad por los cargos de conspiración para cometer delito
contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración
al Fiscal de Estados Unidos. |

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Otras violaciones de los Derechos Humanos
El gobierno de Estados Unidos ha
obstaculizado sistemáticamente las visitas de las madres, esposas
e hijos de los prisioneros, lo que constituye una sanción
adicional para ellos y sus seres queridos. Adriana Pérez y Olga
Salanueva, esposas de Gerardo Hernández y de René González,
respectivamente, e Ivette González, la pequeña hija de René, no
han podido visitarlos desde hace más de cinco años. De igual
manera, las autoridades norteamericanas han dificultado las
visitas de los abogados de la Defensa y las de funcionarios
consulares cubanos radicados en Estados Unidos, lo que desconoce
arbitrariamente el Articulo 37 de las Reglas Mínimas para el
Tratamiento de Reclusos:
“ Los reclusos-expresa-estarán autorizados
para comunicarse periódicamente, bajo la debida vigilancia, con
su familia y con amigos de buena reputación, tanto por
correspondencia como mediante visita.”
Separados entre si en prisiones alejadas unas
de otras, los cinco han sido sometidos a duros castigos para
tratar de quebrar su integridad psíquica y física,
confinamientos en solitario en celdas de castigo (huecos) por
periodos de 17 meses y 48 días sin haber cometido falta alguna a
despecho del propio Reglamento del Buró de Prisioneros de Estados
Unidos que precisa: “...el tiempo máximo de confinamiento en
celdas de castigo no debe exceder 60 días...”. y del Articulo 7
del Pacto Internacional de Derechos Cívicos y Políticos que señala:
“ Nadie será sometido a torturas, ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes...”
Los cinco luchadores contra el terrorismo han
recibido tratamiento de delincuentes comunes y con ellos conviven
en las penitenciarias, lo que viola el Articulo 8 de las Reglas Mínimas
para el Tratamiento de los Reclusos: “ Los reclusos
pertenecientes a categorías diversas deberán ser alojados en
diferentes establecimientos o en diferentes secciones dentro de
los establecimientos según su sexo y edad, sus antecedentes y
motivos de detención...”
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¿Cuáles son los argumentos de la Defensa
ante la Corte de Apelaciones?
Teniendo como precedente la decisión de la
Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Pamplin vs. Mason, en
que esta falló que no se puede juzgar a nadie en un lugar donde
existan comprobados y masivos prejuicios sobre las personas a
juzgar, solicitan se anule el juicio y se celebre otro en una
nueva sede, fuera de la ciudad de Miami, donde es conocido que
existe una profunda hostilidad contra los revolucionarios cubanos,
que es el caso de los jóvenes encarcelados.
Si la Corte de Apelaciones de Atlanta anula
el juicio anterior y se realiza uno nuevo fuera de la ciudad de
Miami, respetando las reglas del debido proceso,
se podría contar con un jurado imparcial, que no estuviera
lastrado por prejuicios políticos y sometido a presiones de toda
índole, lo que permitiría comprobar la inocencia de los cinco
cubanos de los graves cargos que se les imputan.
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Que prevalezca la verdad y la justicia
El día 10 de marzo del 2004
tuvo lugar la vista oral en el tribunal de Miami ante los
jueces de la Corte de Apelaciones, mientras se espera el fallo de
esa instancia judicial, que puede prorrogarse hasta varios meses,
apelamos a las personas dignas y de buena voluntad a que se sumen
al creciente movimiento de solidaridad con los Cinco Héroes
cubanos prisioneros políticos en Estados Unidos.
Estos jóvenes luchadores contra el
terrorismo deben ser reconocidos como defensores de los Derechos
Humanos, status instituido en la Declaración sobre
los Defensores de los Derechos Humanos, aprobada en 1998 por la
Asamblea General de Naciones Unidas, para quienes combaten-como
ellos- a los violadores de los Derechos Humanos, a la delincuencia
organizada y a los terroristas.
Por favor difunda esta información. Las familias de los Cinco luchadores
contra el terrorismo están sufriendo así como millones de
personas honestas en todo el mundo que conocen el caso.
Marzo/2004
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